Consejería de Fomento
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Servicios Periféricos
Resolución de 11 de abril de 2014 de los Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento en Guadalajara por la que se otorga a Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. la Autorización administrativa y Aprobación de proyecto de ejecución del proyecto con título “Adenda de ampliación y cambio de diámetro nominal de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Yunquera de Henares” (Guadalajara). n.º de expediente 19331100338.
Examinado el procedimiento instruido en estos Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento en Guadalajara, a solicitud de la empresa Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A., el día 22 de octubre de 2013, con número de entrada 2333452, en el que solicita Autorización administrativa y Aprobación de proyecto de ejecución del proyecto titulado “Adenda de ampliación y cambio de diámetro nominal de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Yunquera de Henares” se incoa el expediente n.º 19331100338.
Vista la solicitud y documentación que le acompaña, se procede a la Resolución del presente expediente de autorización en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Con fecha de 26 de marzo de 2007, fue emitida Resolución de la Delegación Provincial de Industria y Tecnología de Guadalajara, de 26 de marzo de 2007, por la que se otorga a Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. la Autorización administrativa del proyecto de instalaciones para distribución de Gas Natural canalizado en el término municipal de Yunquera de Henares en Guadalajara (Expte: 19331100216).
SEGUNDO. Con fecha de 18 de junio de 2013 se emitió resolución de 18 de junio de 2013 de los Servicios Periféricos de Fomento en Guadalajara por la que se otorga a Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. la Autorización administrativa y Aprobación de proyecto de ejecución del proyecto de red de distribución de gas natural en el término municipal de Yunquera de Henares (Guadalajara) n.º de expediente 19331100338.
TERCERO. El 8 de noviembre de 2013 se emitió resolución de 8 de noviembre de 2013 de los Servicios Periféricos de Fomento en Guadalajara por la que se otorga a Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. la Autorización administrativa y Aprobación de proyecto de ejecución del proyecto “Modificación del proyecto de autorización y ejecución de instalaciones de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Yunquera de Henares (Guadalajara)” n.º de expediente 19331100338.
CUARTO. El día 22 de octubre de 2013 tiene entrada (n.º 2333452) escrito de la empresa Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A., con domicilio en Avenida de América, 38, 10.ª planta (C.P. 28028), solicitando Autorización administrativa y Aprobación de proyecto de ejecución del proyecto denominado “Adenda de ampliación y cambio de diámetro nominal de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Yunquera de Henares”, en el que se hace una ampliación y un cambio de diámetro de la canalización de gas natural autorizada y aprobada con fecha de 18 de junio de 2013 con funciones de distribución. Básicamente, la ampliación consiste en:
- 537 m Polietileno PE100 sdr 17,6 y Ø 90 mm.
- 3.534 m Polietileno PE100 sdr 17,6 y Ø 63 mm.
Por su parte, los cambios de diámetro consisten en:
- Cambio de 1.921 m de PE160 y 469 m en PE110 por 2.390 m en PE 100 sdr 17,6 y Ø 200 mm.
- Cambio de 600 m en PE 110 por 600 m en PE100 sdr 17,6 y Ø 160 mm.
- Cambio de 408 m en PE 63 por PE 100 sdr 17,6 y Ø 90 mm.
QUINTO. El proyecto fue sometido al trámite de información pública en los siguientes medios:
- Diario ABC, en su edición Castilla-La Mancha de 10 de enero de 2014.
- Diario Nueva Alcarria de 10 de enero de 2014.
- DOCM n.º 18, de 28 de enero de 2014.
- Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 24, de 22 de febrero de 2014.
En dichas publicaciones se indicaron las características de la red de gas natural.
SEXTO. En el periodo de información pública no se presentaron alegaciones.
SÉPTIMO. Los organismos afectados que se han identificado son:
- Excmo. Ayuntamiento de Yunquera de Henares.
- Confederación Hidrográfica del Tajo.
- Servicio de Montes y Espacios Naturales de los Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura en Guadalajara.
Dichos organismos emitieron informe favorable con condiciones, que han sido aceptadas por los promotores.
A los anteriores hechos son aplicables los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. La competencia para autorizar las instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte no salga del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y su aprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma, el Decreto 125/2011, de 7 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento, modificado por el Decreto 281/2011, de 22 de septiembre, determina en su artículo 1 que la Consejería de Fomento es el órgano de la Administración autonómica de Castilla-La Mancha al que le compete promover y ejecutar la política del Gobierno regional, entre otras materias, la de energía.
Concretamente, la Resolución de 13 de marzo de 2007, de la Dirección General de Industria y Energía, delega en los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Industria y Tecnología (actualmente, Consejería de Fomento) la competencia de autorización administrativa previa, aprobación de proyecto de ejecución, autorización de explotación, declaración, en su caso, de utilidad pública, autorización de trasmisión o modificación, así como de cierre de las instalaciones de combustibles gaseosos por canalización a que se refiere la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y demás normativa sectorial de desarrollo, así como cuantos actos administrativos resulten necesarios, cuando dichas instalaciones discurran únicamente dentro del ámbito territorial de la provincia.
No obstante, de conformidad con el anteriormente citado Decreto 281/2011, se suprime la figura del Delegado Provincial. Al frente de cada Servicio Periférico estará un/a Coordinador/a Provincial, cuyo nombramiento y cese serán efectuados por la persona titular la Consejería de Fomento. El/la Coordinador/a Provincial ejercerá, en coordinación con la persona titular de la Delegación Provincial de la Junta de Comunidades, la superior jefatura de todos los Servicios de la Consejería en la provincia y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.
En base a ello y a la solicitud presentada, se entiende que corresponde a estos Servicios Periféricos su resolución.
SEGUNDO. Esta autorización se otorga en base a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural; el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustible, gases y sus instrucciones técnicas complementarias; la Instrucción de Servicio 2000/017, de 2 de marzo de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVO
PRIMERO. Otorgar a Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. la Autorización administrativa para el proyecto titulado “Adenda de ampliación y cambio de diámetro nominal de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Yunquera de Henares”, quedando sometida a las siguientes condiciones:
Primera. La zona donde la empresa distribuidora Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. debe prestar el suministro de gas se circunscribe a los terrenos urbanos del municipio de Yunquera de Henares (Guadalajara).
Segunda. Los compromisos de expansión de la red para dicha zona serán los recogidos en los planes anuales de ampliación de las redes de distribución autorizados.
Tercera. La presente Autorización administrativa en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.
Cuarta. La presente Autorización administrativa se otorga sin perjuicio e independientemente de otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y, en especial, la de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
Quinta. De conformidad con los preceptuado en el artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, y para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, la empresa Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. deberá ingresar, en un plazo de 2 meses desde la notificación de la presente Resolución y previamente al inicio de las obras, en la Caja General de Depósitos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, fianza o garantía equivalente al 2% del presupuesto de la instalación.
La validez efectiva de la presente resolución queda supeditada a la constitución de tal fianza o garantía, sin la cual no se podrá dar comienzo de los trabajos.
Dicha fianza o garantía se devolverá al interesado una vez que, formalizada el acta de puesta en servicio de las instalaciones, el interesado lo solicite y justifique el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.
SEGUNDO. Aprobar el Proyecto de ejecución que habilita al titular a la construcción de la instalación proyectada, con título de proyecto: adenda de ampliación y cambio de diámetro nominal de la red de distribución de gas natural en el T.M. de Yunquera de Henares (Guadalajara), redactado y suscrito por Enrique Díaz Chapinal en octubre de 2013, con las características básicas siguientes:
Ampliación y cambio de diámetro de la canalización de gas natural autorizada y aprobada con fecha de 18 de junio de 2013 con funciones de distribución. Básicamente la ampliación consiste en:
- 537 m Polietileno PE100 sdr 17,6 y Ø 90 mm.
- 3.534 m Polietileno PE100 sdr 17,6 y Ø 63 mm.
Por su parte, los cambios de diámetro consisten en:
- Cambio de 1.921 m de PE160 y 469 m en PE110 por 2.390 m en PE 100 sdr 17,6 y Ø 200 mm.
- Cambio de 600 m en PE 110 por 600 m en PE100 sdr 17,6 y Ø 160 mm.
- Cambio de 408 m en PE 63 por PE 100 sdr 17,6 y Ø 90 mm.
Tales actuaciones se realizarán conforme a las especificaciones y planos que en el Proyecto figuran, quedando sometida a las siguientes condiciones:
Primera. La presente Aprobación de proyecto se otorga sin perjuicio e independientemente de otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y, en especial, la de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
Segunda. La empresa Gas Natural Castilla-La Mancha deberá realizar los correspondientes cruces, paralelismos y afecciones de conformidad con las condiciones y limitaciones que figuren en los informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicio de interés general hayan realizado. Aquellas condiciones y limitaciones de seguridad se aplicarán con arreglo a los Reglamentos y normas técnicas vigentes.
Tercera. La ejecución de la instalación deberá realizarse en un plazo de tiempo no superior a 2 años, debiendo presentarse antes de la finalización del citado plazo la solicitud de acta de puesta en servicio de las instalaciones.
En el cómputo de este plazo no se contabilizará aquel tiempo que, a consideración de esta Administración y por causas justificadas e imputables a terceros, impidan el desarrollo de los trabajos. A tal efecto, será necesaria la comunicación y justificación documental de la paralización, así como la posterior comunicación de la finalización de los hechos paralizadores.
Desde el momento en el que se produzcan los hechos paralizadores, debidamente comunicados y justificados, hasta el momento en que se comunique a esta Administración la finalización de tales hechos, quedará prohibida la realización de cualquier tipo de trabajo tendente a la ejecución y desarrollo del proyecto.
TERCERO. Esta Administración, en virtud del artículo 73.6 de la Ley 34/1998, podrá revocar la presente autorización por el incumplimiento de las condiciones y/o requisitos establecidos en la misma o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento, así como cualquier otra causa legal o reglamentaria que así lo prevea.
CUARTO. Cualquier modificación que afecte a las características básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de estos Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento en Guadalajara sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización administrativa y/o Aprobación de proyecto de ejecución y/o Declaración en concreto de utilidad pública.
QUINTO. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, y demás reglamentación de aplicación.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, ante la Excma. Sra. Consejera de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción conferida por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Guadalajara a 11 de abril de 2014.– El Coordinador Provincial, Fidel Ángel de Luz de la Fuente.